jueves, 2 de diciembre de 2010

RETENCION FUENTE IMPUESTO RENTA

RETENCIÓN EN LA FUENTE DE RETENCIÓN DEL IVA
Concepto
La retención en la fuente es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención.
RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IVA
Son Agentes de Retención
• Las entidades y organismos del Sector Público, las empresas privadas y públicas que sean consideradas contribuyentes especiales por el SRI.
• Las sociedades, y personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
• Las empresas emisoras de tarjetas de crédito por los pagos que efectúen por concepto del IVA a sus establecimientos.
• Las empresas de seguros y reaseguros por los pagos que realicen por compras y servicios gravados con IVA.
Los agentes de retención del IVA retendrán en los pagos que realicen a los proveedores de bienes o de servicios, el 30% del IVA en al compra de bienes y el 70% en la utilización de servicios gravados.
En el caso de los pagos que realizan las empresas emisoras de tarjetas de crédito, la retención será del 30% del IVA facturado.
Las sociedades, y personas naturales obligadas a llevar contabilidad retendrán los mismos porcentajes establecidos para los contribuyentes especiales, cuando realicen compras de bienes y utilicen servicios vendidos o prestados por personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
No se realizarán retenciones a las entidades del Sector Público, a las compañías de aviación, agencias de viaje en la venta de pasajes aéreos ni a contribuyentes especiales.
En el caso de los contratos de construcción. Los agentes de retención contratantes efectuarán la retención del 30% del IVA que corresponda a cada factura, aunque el constructor haya sido calificado como contribuyente especial.
La retención en la fuente en los pagos a profesionales y en el arrendamiento de inmuebles de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad será del 100% del IVA facturado.
Retenciones en la comercialización de combustible y de periódicos y revistas
No se deberá realizar retenciones a las empresas que se dediquen a la comercialización de combustibles.
Tampoco se retendrá a los distribuidores o voceadores de periódicos y revistas.
CASOS EN QUE NO SE PRACTICA RETENCIÓN EN LA FUENTE POR IVA.
1. Cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4 UVT para servicios y de 27 UVT para compras.
2. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre responsables del Régimen común.
3. Cuando el que compra es Régimen común y el que vende es un Gran contribuyente o una Entidad estatal.
4. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre una Entidad estatal y un Gran contribuyente.
5. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Entidades estatales.
6. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Grandes contribuyentes.



1.¬-SSP -Sociedades del sector público
2.- CSP - Contribuyentes especiales
3.- SOC - Sociedades
4.- POC - Personas Naturales obligada a llevar contabilidad
5.- PNN - Personas Naturales no obligada a llevar contabilidad




IMPUESTO RENTA
CONCEPTO
Es un método anticipado de recaudación del Impuesto a la Renta, que obliga a quienes efectúen pagos, que a su vez, constituyan rentas gravadas para sus beneficiarios, a sustraer de dicho valor un porcentaje establecido por la Ley de Régimen Tributario Interno y por el Servicio de Rentas Internas y a entregarlo al Fisco.

CONTRIBUYENTES SUJETOS A RETENCION
Están sujetos a retención los siguientes contribuyentes:
a) Las personas naturales;
b) Las sucesiones indivisas;
c) Las sociedades y otras entidades asimiladas a ellas;
d) Cualquier otra entidad que, aunque carente de personalidad jur'dica, constituya una unidad económica o un patrimonio independiente de los de sus miembros;
e) Las entidades y empresas del sector pblico sujetas al impuesto a la renta, es decir, aquellas distintas de las que prestan sus servicios públicos, que compitiendo con el sector privado, exploten actividades comerciales, industriales, agrícolas, mineras, turísticas y de servicios en general; considerándose para estos efectos, servicios pblicos a aquellos prestados por empresas del sector público en áreas de agua potable, alcantarillado, recolección de basura y aseo de calles, obras públicas y energía eléctrica.
AGENTES DE RETENCION
Están obligadas a efectuar la retención en la fuente:
a) Todas las sociedades, públicas o privadas y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que realicen pagos que constituyan renta gravada para quien los perciba; y,
b) Todos los empleadores que realicen pagos que constituyan renta gravada para los contribuyentes que trabajan en relación de dependencia, originados en dicha relación.
ESTAN SUJETOS A RETENCION DEL 1%
a) La compra de todo tipo de bienes muebles, excepto combustibles;
b) Los pagos realizados por actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares;
c) Los pagos realizados por transporte de carga;
d) Los pagos realizados por transporte privado de personas;
e) Los pagos realizados a personas naturales, sujetas a impuesto a la renta, no contemplados en los porcentajes específicos de retención;
f) Los pagos realizados a sociedades, sujetas al impuesto a la renta, no contemplados en los porcentajes específicos de retención; y,
g) Los pagos o créditos en cuenta que realicen las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus establecimientos afiliados.
Obligaciones de los Agentes de Retención:
Entregar los comprobantes de retención en la fuente:
Declarar y pagar las retenciones:
Proporcionar al S.R.I información vinculada con sus transacciones:

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